Estado de México.- Un juez federal dictó auto de formal prisión a 72 seguidores de José Manuel Mireles, fundador de las extintas autodefensas de Michoacán, quienes junto con él fueron detenidos en posesión de armas de fuego por personal del Ejército y la Marina en la tenencia de La Mira, municipio de Lázaro Cárdenas.
Aún falta por resolver la situación jurídica del dirigente y de otra persona, debido a que solicitaron la duplicidad de término constitucional para aportar elementos de prueba a su defensa, informó el Consejo de la Judicatura Federal.
Mientras el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, descartó que vaya a haber perdón legal para Mireles y puntualizó que el expediente ya se encuentra en el ámbito judicial.
Entrevistado en Morelia, adonde acudió a un encuentro de evaluación entre funcionarios federales y estatales del plan Michoacán, Osorio señaló que las múltiples detenciones se han dado en un marco de absoluta transparencia.
Al respecto, Alfredo Castillo, comisionado para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán, precisó que el plazo constitucional que la ley le ofrece a Mireles expira el próximo 5 de julio a las 23:45 horas.
El juzgado primero de distrito con sede en Morelia, dentro de la causa penal 69/2014, resolvió la situación jurídica de los detenidos y declinó competencia a favor del juzgado de distrito en turno en Uruapan, debido a que la detención se registró en esa jurisdicción, informó el Consejo de la Judicatura Federal.
Se dictó auto de libertad con las reservas de ley a favor de 72 personas respecto del delito de asociación delictuosa, previsto y sancionado por el artículo 164 del Código Penal Federal.
Además, se determinó enjuiciar a una persona por el delito de Portación de Arma de Fuego sin Licencia, previsto y sancionado artículo 9, fracción II; y sancionado en el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Se decretó auto de formal prisión a 24 personas por el delito de Portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea Nacional previsto en el artículo 11, inciso c), y sancionado por el artículo 83, fracción III, con la agravante que prevé el segundo y tercer párrafo de esta fracción.
También se abrió proceso a un indiciado por el delito de Portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea Nacional previsto en el artículo 11, inciso a), y sancionado por el artículo 83, fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Se dictó auto de formal prisión a 13 imputados por el delito de Portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea Nacional previsto en el artículo 11, inciso b), y sancionado por el artículo 83, fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
El juzgador abrió proceso a seis indiciados por el delito de Portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea Nacional previsto en el artículo 11, inciso d), y sancionado por el artículo 83, fracción III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Y se dictó auto de formal prisión a tres imputados por el delito de Portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea Nacional previsto en el artículo 11, incisos e), y sancionado por el artículo 83 fracción III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.